Durante la propuesta de resolución sobre aprobación de la Modificación en las Ordenanzas Fiscales y tributos para el ejercicio de 2016, el concejal por el grupo municipal de Ganar Móstoles, Miguel Ángel Ortega, defiende la eliminación de la tasa de basuras, que suponía un doble gravamen para la ciudadanía mostoleña:
En el año 2013 el gobierno del Partido Popular implantaba un nuevo tributo local, la controvertida tasa de basuras que hoy vamos a eliminar.
Se argumentó su implantación como un ejercicio de solidaridad y compromiso con el medio ambiente, cuando la única finalidad del nuevo tributo era incrementar la recaudación y cuadrar las cuentas a costa implantar un repago a la vecindad por un servicio que ya venía siendo financiado mediante el IBI (Impuesto de bienes inmuebles), un impuesto que, recordemos, se hallaba en plena subida desde el año 2011. Subida de IBI y un nuevo impuesto justo en el peor momento económico para las familias mostoleñas.
Ahora bien, ese incremento de la carga impositiva, ¿podía realizarse a cualquier precio? La respuesta ha de ser, necesariamente, negativa. Ciertamente, como nos recuerda el economista alemán F. Neumark, en su clásico libro “Principios de la Imposición”, el establecimiento de los principios generales de toda imposición fiscal exige, con carácter previo, hallar y determinar el concreto Sistema de Valores que lo ha de sustentar, Esto nos lleva a dar juego a dos “reglas” económicas básicas, con amplia cristalización en el sistema jurídico tributario: el principio del beneficio y el principio de capacidad de pago. Mientras el principio del beneficio implica que ha de existir una cierta relación de equivalencia entre el tributo que un particular paga y el beneficio que obtiene de las prestaciones públicas que recibe, el principio de capacidad de pago conlleva, en toda exacción tributaria, evaluar la capacidad económica de cada sujeto que se verá obligado al pago del tributo.
Estas ideas trazadas a grandes rasgos por los economistas clásicos, han tenido una significancia e implantación extraordinaria en el campo del Derecho, llegando a convertirse en algo más que meros “principios económicos”, para acabar cristalizados en auténticos principios y valores jurídicos básicos, cuyo encuadre legal no es cualquiera, ya que estas ideas aparecen abanderadas tanto en la Ley General Tributaria de 2003 como en la propia Constitución de 1978 y en la propia ley reguladora de las tasas y precios públicos.
Resulta obvio que estos principios básicos fueron obviados en la Ordenanza aprobada por el gobierno municipal en el año 2013, donde, disfrazado de Tasa lo que realmente se estaba aprobando era un nuevo impuesto, ya que no se discriminaba por el uso del servicio al tomar como elemento objetivo para su cálculo el valor catastral no sólo de las viviendas sino también de garajes, locales y trasteros , vulnerando el principio de beneficio, ni, lo más grave, en ningún momento se tomó en consideración la situación económica de la población y el hecho de que se estaba produciendo una brutal subida del IBI en paralelo (principio de capacidad de pago), impuesto éste que, hasta ese momento, había financiado estos servicios recibidos por las vecinas y vecinos de Móstoles.
Estamos por tanto ante un impuesto injusto, hilado finamente en los límites de la legalidad, reglado por una ordenanza calcada de la aprobada por el Ayuntamiento de Madrid en su día.
Una exacción insolidaria y abusiva para con una población golpeada por la crisis, por una brutal reducción de poder adquisitivo propiciada por su Reforma Laboral, y sangrada por una espectacular subida de todos los impuestos, muy especialmente el IVA, ese impuesto que Mariano Rajoy, esperpéntico como casi siempre, denunciaba, antes de las elecciones, que gravaba los chuches (sic) y que no dudó en subir a los cinco minutos de ganar las elecciones.
Hoy, derogando la Ordenanza reguladora de la Tasa de Basuras del Partido Popular se está haciendo un acto de justicia.